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Colombia incluyó al cannabis en su Plan de Beneficios en Salud

Ahora serán las EPS las responsables de garantizar el manejo, conservación, dispensación y distribución de medicamentos con CBD y THC

Cannabis medicinal en Colombia
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Bogotá D.C., 18 de enero de 2022.- Con la Resolución 2292 del 2021 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, donde se actualizó el listado de medicamentos financiados por el Estado, Colombia incluyó al cannabis en su Plan de Beneficios en Salud, PBS.

De acuerdo con la norma expedida por el Gobierno colombiano, el Deltha 9 Tetrahidrocannabinol y el cannabidiol, en todas sus formas farmacéuticas y concentraciones, fueron incluidos como principios activos financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación, UPC, permitiendo así que los cerca de 47 millones de colombianos afiliados al sistema de seguridad social, accedan al cannabis medicinal a través de su respectiva Entidad Promotora de Salud, EPS.

Ahora serán las EPS y las Entidades Obligadas a Compensar, EOC, las responsables de garantizar el manejo, conservación, dispensación y distribución de medicamentos con CBD y THC, bajo las condiciones y criterios definidos por la normatividad vigente.

Para la selección de la terapia farmacológica en el proceso de prescripción, se deberá tener en cuenta el perfil farmacológico del medicamento, además de la eficacia y seguridad del tratamiento, así como su conveniencia según las características del paciente y las recomendaciones realizadas en documentos emitidos por el Ministerio de Salud.

Por su parte corresponde al médico tratante, en su autonomía profesional, evaluar la relación riesgo beneficio y pertinencia del tratamiento para cada paciente en relación con las Combinaciones de Dosis Fijas, CDF, frente a utilizar los medicamentos con cada principio activo por separado.

La reglamentación también definió que será la institución Prestadora de Servicios de Salud, IPS, en donde se realice la prescripción, quien teniendo en cuenta sus procesos de adquisición y tarifas de negociación, establezca la comparación entre los diferentes costos, teniendo en cuenta las normas que regulan la materia.

Además, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció que las formulaciones magistrales preparadas a partir de los medicamentos financiados con recursos de la UPC, se consideran igualmente financiadas con recursos de la UPC y deberán será garantizados por las EPS o las entidades que hagan sus veces, garantizando el acceso a los medicamentos de forma ininterrumpida y continua, de acuerdo con el criterio del profesional de la salud tratante y la normatividad vigente.

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