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Cutting Edge Solutions venderá en Colombia sus líneas de nutrientes para cannabis

Cutting Edge Solutions

Cutting Edge Solutions venderá en Colombia sus líneas de nutrientes para cannabis 

Los productos de la compañía son reconocidos en el mercado norteamericano por enriquecer con terpenos, cannabinoides y flavonoides las flores cultivadas

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Bogotá D.C., 6 de mayo de 2022.- La empresa estadounidense dedicada a la fabricación y comercialización de fertilizantes y suplementos vigorizantes para plantas de cannabis, Cutting Edge Solutions, venderá todas sus líneas de nutrientes para plantas de cannabis en Colombia. 

“Somos uno de los fertilizantes más limpios de Estados y unidos y creería yo que del mundo entero, ya que no tenemos metales pesados y cero contenido animal, por lo que esperamos comercializarlo muy pronto en Colombia”, comentó a Hierbabuena Revista, el representante legal de la marca para Colombia, Daniel Santacruz.  

El empresario explicó que ya están adelantando los trámites para poder importar y comercializar los productos de la compañía ante el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, reconocidos en el mercado norteamericano por enriquecer con terpenos, cannabinoides y flavonoides superiores, las plantas de cannabis.   

Actualmente la marca maneja dos líneas básicas completas para la nutrición de plantas de cannabis, un régimen de alimentación convencional líquido de tres fases llamado “Base Family” y un régimen de alimentación convencional seco comercial de cuatro fases con el nombre de “Louder Powder”, además de proveer un ajuste de pH para hidroponía, coco y jardines de tierra, en presentación líquida de alta concentración. 

También dos líneas de aditivos que se componen de elementos biodisponibles de alta calidad, que maximizan el desarrollo genético de las características de cada variedad de cannabis sin usar hormonas o reguladores de crecimiento, por lo que ofrecen una mejora natural del rendimiento de las plantas. 

La compañía norteamericana que abrió su fábrica en Santa Rosa, California en 2001 y recientemente traslado toda su operación a White City, al sur de Oregón, busca expandir su operación hacia Latinoamérica y no descarta fabricar sus productos en el país, “en principio, la idea es importar el producto y distribuirlo en las principales ciudades, posteriormente, se tiene pensado fabricarlo en Colombia”, apuntó Santacruz. 

Los productos de la marca tienen un precio promedio de 20 dólares x litro de solución fertilizante, por lo que se espera reducir esos costos con una fabricación local. 

De acuerdo con el empresario, los productos de la compañía apoyan el desarrollo de fuerza y aumento de rendimientos en el cultivo, potencian el crecimiento radicular de las plantas, favorecen la absorción de nutrientes, aumentan la resistencia a las plagas y potencializan la producción de terpenos para mejorar la sensación organoléptica de las flores producidas. 

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Colombia reglamentó el comercio exterior de cannabis para uso médico, científico e industrial

Colombia reglamentó el comercio exterior de cannabis para uso médico, científico e industrial

Colombia reglamentó el comercio exterior de cannabis para uso médico, científico e industrial 

En la norma se describen los vistos buenos que debe cumplir la flor de cannabis y sus derivados para salir o ingresar al país 

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Bogotá D.C., 2 de abril de 2022.- Con la expedición de la Resolución 539 de 2022, el gobierno de Colombia reglamentó el comercio exterior de cannabis con fines médicos, científicos e industriales. 

La norma reglamentó el Decreto 811 de 2021 en relación con las operaciones de comercio exterior de semillas para siembra, grano, componente vegetal, plantas de cannabis, cannabis, derivados de cannabis y productos relacionados. 

La resolución conjunta del Ministerio de Justicia y del Derecho, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Ministerio de Salud y Protección Social; y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, detalla los requisitos que deben cumplir las personas naturales o jurídicas interesadas en importar a Colombia o exportar desde el país, cannabis o alguno de sus derivados. 

En términos generales, la norma describe los vistos buenos que debe cumplir la flor de cannabis y/o cualquiera de sus derivados que pretenda ser ingresado a las Zonas Francas o al territorio nacional, al igual que aquellos que pretendan ser enviados hacia el exterior desde Colombia. 

Todos los trámites relacionados con las operaciones de importación y/o exportación, deberán ser realizados a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, VUCE, donde las entidades competentes harán la evaluación de los requisitos establecidos para cada caso. 

El Ministerio de Comercio, Industria y turismo y el Ministerio de Justicia y del Derecho, como entidades responsables de la VUCE y del Mecanismo de Información para el Control del Cannabis, MICC, deberán adelantar acciones para implementar la integración entre sus sistemas con el fin de validar la información requerida para adelantar los trámites.  

Por su parte, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimento, Invima, el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, y el Fondo Nacional de Estupefacientes, FNE, tendrán hasta el primero de abril de 2023 para integrarse a la VUCE con el fin de otorgar los vistos buenos correspondientes. 

Mientras esas entidades no estén integradas para otorgar los vistos buenos para comercio exterior a través de la VUCE, el trámite debe ser adelantado de conformidad con los formularios y procedimientos internos dispuestos para el efecto por la correspondiente entidad, y el visto bueno obtenido debe anexarse a la solicitud ante las autoridades aduaneras. 

Al momento de presentar la solicitud de autorización de embarque o el formulario de movimiento de mercancías deberán presentarse los vistos buenos como documento soporte. 

Las disposiciones de la resolución aplican a partir del primero de abril de 2022 para todas las personas naturales y jurídicas, de naturaleza pública o privada, de nacionalidad colombiana o extranjera, con domicilio en el país, que adelanten alguna actividad relacionada con la cadena productiva del cannabis. 

La resolución completa siguiendo este enlace. 

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Publicado para comentarios proyecto de resolución que reglamenta el comercio exterior de cannabis en Colombia

Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia

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Los comentarios y observaciones se recibirán hasta el jueves 25 de noviembre en los correos autorizados por MinSalud

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Bogotá, 7 de noviembre de 2021.- Los ministerios de Salud y Protección Social, Justicia y del Derecho, Agricultura y Desarrollo Rural y Comercio, Industria y Turismo de Colombia, publicaron para discusión pública la resolución conjunta que reglamenta el Decreto 811 de 2021.

La nueva resolución se sustituye el Título 11 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, en relación con el comercio exterior de cannabis, plantas de cannabis y productos afines.

Algunos de los temas que reglamenta la resolución conjunta del gobierno colombiano son el trámite ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior, los vistos buenos para el ingreso desde el resto del mundo a zona franca o importación de semillas para siembra de la planta de cannabis, componente vegetal de la planta, grano o plantas en estado vegetativo y los vistos buenos requeridos para la exportación del cannabis y sus derivados.

Los comentarios y observaciones serán recibidos desde el miércoles tres de noviembre de 2021, (5:00 p.m.) hasta el jueves 25 de noviembre de 2021, (5:00 p.m.), en los correos electrónicos mmurcia@Minsalud.gov.co / cleal@Minsalud.gov.co o en la línea telefónica PBX (571) 3305000 Ext: 1310.

Las observaciones y propuestas a este proyecto se pueden exponer en el formato que se encuentra en el siguiente enlace:

https://www.minsalud.gov.co/Anexos_Normatividad_Nuevo/Formato%20Comentarios%20Publicacio%CC%81n%20Oct2021%20-%20Reglamemtacio%CC%81n%20D811%20COMERCIO%20EXTERIOR%20(1).xlsx.zip

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